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Summary of CNBV Changes to Mexican Filing Deadlines

This week we made a summary of the CNBV extensions on the different deadlines for the presentation of information:

 

1-. Se amplía al 8 de julio de 2020 la fecha límite para presentar los estados financieros anuales. Para los CKDs o CERPIs deberán presentarse a más tardar el 1 de septiembre de 2020.

2-. Se amplía al 1 de septiembre de 2020 la fecha límite para entregar a la CNBV el informe anual.

3-. Se amplía la 3 de julio de 2020 la fecha límite para mandar la carta dirigida a cada uno de los miembros del consejo de administración, así como a sus directivos relevantes, solicitándoles el número, serie y clase de las acciones de las cuales sean propietarias o beneficiarias. También, se amplía al 3 de julio de 2020 la fecha de la carta dirigida a las casas de bolsa solicitándoles entregar el listado de accionistas que representen.

4-. Se establece el día 3 de julio de 2020 como la fecha límite para que las emisoras entreguen a la CNBV y a las bolsas el reporte anual. Para los CERPIs y CKDs a más tardar el 1 de septiembre de 2020.

5-. Se amplía al 1 de septiembre de 2020 la fecha límite para entregar a la CNBV y a las bolsas la protocolización de la asamblea general de accionistas.

6-. Se amplía al 3 de julio de 2020 la fecha límite para entregar a la CNBV y las bolsas la información trimestral.

7-. Se establece el día 3 de julio de 2020 la fecha límite para presentar a la CNBV y las bolsas el escrito al que se hace referencia en el artículo 39 de las Disposiciones de Auditoría. Para los CERPIs y CKDs a más tardar el 1 de septiembre de 2020. 

8-.  Se establece el día 8 de julio de 2020 la fecha límite para presentar a la CNBV y las bolsas información en el evento de que se lleven a cabo reestructuraciones societarias o la actualización de la inscripción de sus valores. También se debe de presentar la información financiera, económica, contable, administrativa y jurídica (anual, trimestral y jurídica) a la CNBV, la bolsa y al público en general. Para las sociedades extranjeras inscritas en el registro, se debe de presentar la información anual de y la información jurídica en español al día 8 de julio de 2020. Para los CERPIs y CKDs a más tardar el 1 de septiembre de 2020.

Esta semana hicimos un resumen de las extensiones de la CNBV sobre los diferentes plazos de la presentación de información:

 

1-. Se amplía al 8 de julio de 2020 la fecha límite para presentar los estados financieros anuales. Para los CKDs o CERPIs deberán presentarse a más tardar el 1 de septiembre de 2020.

2-. Se amplía al 1 de septiembre de 2020 la fecha límite para entregar a la CNBV el informe anual.

3-. Se amplía la 3 de julio de 2020 la fecha límite para mandar la carta dirigida a cada uno de los miembros del consejo de administración, así como a sus directivos relevantes, solicitándoles el número, serie y clase de las acciones de las cuales sean propietarias o beneficiarias. También, se amplía al 3 de julio de 2020 la fecha de la carta dirigida a las casas de bolsa solicitándoles entregar el listado de accionistas que representen.

4-. Se establece el día 3 de julio de 2020 como la fecha límite para que las emisoras entreguen a la CNBV y a las bolsas el reporte anual. Para los CERPIs y CKDs a más tardar el 1 de septiembre de 2020.

5-. Se amplía al 1 de septiembre de 2020 la fecha límite para entregar a la CNBV y a las bolsas la protocolización de la asamblea general de accionistas.

6-. Se amplía al 3 de julio de 2020 la fecha límite para entregar a la CNBV y las bolsas la información trimestral.

7-. Se establece el día 3 de julio de 2020 la fecha límite para presentar a la CNBV y las bolsas el escrito al que se hace referencia en el artículo 39 de las Disposiciones de Auditoría. Para los CERPIs y CKDs a más tardar el 1 de septiembre de 2020. 

8-.  Se establece el día 8 de julio de 2020 la fecha límite para presentar a la CNBV y las bolsas información en el evento de que se lleven a cabo reestructuraciones societarias o la actualización de la inscripción de sus valores. También se debe de presentar la información financiera, económica, contable, administrativa y jurídica (anual, trimestral y jurídica) a la CNBV, la bolsa y al público en general. Para las sociedades extranjeras inscritas en el registro, se debe de presentar la información anual de y la información jurídica en español al día 8 de julio de 2020. Para los CERPIs y CKDs a más tardar el 1 de septiembre de 2020.

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