Esta semana me gustaría hablar acerca de los requisitos para clasificar Certificados de Capital de Desarrollo (CKDs) y Certificados de Proyectos de Inversión (CERPIs) como ESG en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV). Pensando en el crecimiento que este tipo de instrumentos ha tenido en el mercado, la BMV ha publicado los siguientes requisitos mínimos necesarios para listar alguno de estos instrumentos bajo la categoría de Fondos ESG (A) o Fondos de Impacto (I):
1. Adhesión, membresía o suscripción a organismos colectivos de reporteo o cumplimiento en materia ESG
Los Administradores deben ser signatarios o miembros, así como participar anualmente en la evaluación o calificación de, al menos una entidad o servicio de reporteo internacional reconocido (UNPRI, EDCI, Sustainalytics). Los Reportes Anuales de Sustentabilidad también deberán publicarse bajo los criterios y contenidos del Global Reporting Initiative(GRI) y del International Sustainability Standards Board (ISSB).
2. Incluir en el Prospecto de Colocación y/o Reporte de Sustentabilidad al menos lo siguiente:
- Un código de ética
- Política de inversión responsable o ASG
- Manual de procesos de inversión con aspectos ESG
- Manual de administración de riesgos
- Política de manejo de conflictos de interés
- Mecanismos de compensación para el personal que consideren aspectos ESG
- Política de contratación de proveedores
- Informe sobre sistemas de información (qué sistemas de información se usan para la captación y gestión de datos)
- Política de ciberseguridad
- Plan de continuidad del negocio
- Plan de recuperación de desastres
- Política DEI
- Política de entorno organizacional favorable
3. Requisitos para proyectos o sociedades promovidas
Las sociedades promovidas o proyectos en los que se invierta deben garantizar:
- Transparencia respecto de la votación de Aspectos ASG en sus respectivos consejos de administración y comités
- Plan de mitigación de riesgos y captura de oportunidades ASG detectados durante el proceso de análisis y monitoreo de la inversión
- Promoción de transparencia de aspectos ASG en los proyectos e inversiones
- Seguimiento de compromisos ASG
- Reporte de medición de la huella de carbono
4. Aquellos fondos que pretendan ser clasificados como Fondos de Impacto (etiquetados en la serie con “I”)… además de cumplir con los requisitos en los puntos 1) y 2), deberán presentar una certificación u opinión emitida por un tercero independiente que acredite que el destino de los recursos estará dirigido a proyectos verdes, sociales o sustentables (dependiendo cómo se quieran clasificar).
Además de todo esto, existen ciertos requisitos de mantenimiento y reporteo:
1. Emisión a la Bolsa de un Reporte Anual de Sustentabilidad auditado
- A más tardar el 31 de mayo de cada año (año siguiente a la obtención de la etiqueta)
- Basado en GRI + ISSB
- Con la opinión de un auditor externo
- Describiendo el apego a los criterios de la política de inversión responsable
- Medición de la huella de carbono, alcance 1 y 2 por lo menos
- Resultado de la evaluación anual (Fondos ASG)
- Opinión de tercero independiente que acredite el uso de recursos (Fondos de impacto)
El lanzamiento de este tipo de lineamientos puede parecer abrumador de inicio para los emisores de CKDs y CERPIs que quieran tener la etiqueta de sostenibles. Sin embargo, el papel principal de estas guías es ayudar a los administradores a tener una lista de cosas mínimas a lograr. Esto a su vez tiene el beneficio de asegurar que las etiquetas no vayan a administradores que no están haciendo la tarea. Nosotros en Miranda ESG estaríamos felices de ayudar a cualquier administrador a lograr cumplir con esta lista de requisitos.
Espero que esto te haya parecido interesante. Como siempre, si hay algo en lo que pudiéramos ayudar, o si hay un tema de ESG del cual quisieras saber más, por favor háznoslo saber.
Saludos,
Marimar
CEO, Miranda ESG
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Marimar Torreblanca
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